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Jornada laboral para menores será de cuatro horas como máximo

PRIMICIA - Lima.- Cuatro horas como máximo tendrá la jornada laboral para los menores de edad con edades contempladas entre los 15 y 16 años, acordó por unanimidad la Comisión Especial del Congreso que se encarga de revisar el Código del Niño y el Adolescente.

Fue al aprobar el artículo 56° del nuevo código a través del cual se precisa también que la jornada máxima de trabajo para estos menores no podrá superar las 24 horas semanales.

De acuerdo con el artículo sancionado favorablemente, la jornada laboral para los adolescentes de 17 años de edad será de seis horas diarias, con un tope semanal de 36 semanales.

Asimismo, la referida comisión acordó prohibir las jornadas laborales extraordinarias y acumulativas para los menores, así como el trabajo a destajo, nocturno, por comisión o cualquier otra modalidad de rendimiento.

Respecto a la remuneración de los menores se estableció que el adolescente trabajador deberá percibir un sueldo no inferior a un sueldo mínimo vigente al momento de la prestación de los servicios.

El sueldo tampoco podrá ser inferior al que perciben los demás trabajadores de su misma categoría en trabajos similares.

Además, se estableció que el trabajo que desarrollen los adolescentes no afectará- de ninguna manera- las horas que correspondan a su educación primaria o secundaria.

Tales acuerdos fueron adoptados en la sesión que se desarrolló ayer y que fue presidida por el congresista Juan Carlos Eguren. En ella  participaron diversos especialistas en la materia.

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